El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) otorgó al Instituto Nacional Electoral (INE) la facultad de decidir si se permite o se retira la propaganda de los aspirantes presidenciales, como la que aparece en espectaculares, vehículos de transporte público y bardas.
También será el consejo general del INE el que defina si los gastos vinculados a los procesos en el frente opositor y Morena son abonados al rubro de gasto ordinario de los partidos o los de precampaña.
Así puntualiza el TEPJF en la sentencia cuyo origen fue una impugnación del Partido del Trabajo y otros hacia el “comité organizador para la selección de la persona responsable de la construcción del Frente Amplio por México”, promovido por PAN, PRI y PRD.
Al final, la sala superior de este tribunal confirmó la validez del proceso y, en el mismo resolutivo, vinculó al Consejo General del INE a emitir a más tardar en cinco días naturales “Lineamientos generales para regular y fiscalizar éste y los procedimientos con características similares”.
Los lineamientos deberán ser aprobados por el Consejo General a más tardar el miércoles próximo.
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