Ninguno de los tres institutos alcanzó el mínimo de tres por ciento necesario para salvar el registro.
En sesión ordinaria, el Tribunal Electoral del Estado de Campeche (TEEC) dio por finalizada la estancia de vida de los partidos políticos Espacio Democrático de Campeche, Partido Campeche Libre, Partido Encuentro Solidario y el Partido Laborista de Campeche, que se inscribieron apenas en este proceso Electoral y no alcanzaron 3 por ciento de la votación general de lista nominal en el estado.
Resalta que algunos de los cuatro partidos en cuestión no alcanzaron el uno por ciento, algunos sí tuvieron municipios donde sus candidatos a la alcaldía estuvieron lo bastante cerca incluso de ganar una candidatura, como el caso del Partido Campeche Libre, quienes en Calakmul en algún momento encabezaron las encuestas de preferencias debido a que su candidato era un representante indígena. Del mismo partido, en Escárcega, también figuraba dentro de las posibilidades de victoria.
Aunque parecía que el candidato de Espacio Democrático en Champotón era fuerte, el partido tampoco registró más del 1 por ciento de la lista nominal de votantes de dicho municipio; por lo que ya estaba previsto también la desaparición de dicha institución política. En el caso de los cuatro organismos políticos que fueron finiquitados, tuvieron que cubrir una serie de requisitos, reuniones, firmas, y demás para consolidarse como un partido político.
En dicha sesión, se emitió sentencia en el expediente TEEC/RAP/70/2024 y se desechó el Recurso de Apelación promovido por el presidente y representante propietario del partido político local Espacio Democrático de Campeche, en contra del acuerdo JGE/402/2024, emitido por las y los integrantes de la Junta General Ejecutiva del IEEC. Ello, porque el acto impugnado es de carácter intraprocesal, ya que ocurrió en el contexto de la realización del proyecto de dictamen de pérdida de registro de un partido o agrupación política estatal; y no se actualiza el requisito de procedencia relativo a la definitividad y firmeza del acto impugnado.
Seguidamente, se resolvió el expediente TEEC/RAP/71/2024 y se declaró improcedente el recurso de apelación y se desechó la demanda, promovido por el representante del partido local Encuentro Solidario Campeche en contra del Dictamen JGE/400/2024, relativo a la pérdida de registro del partido político local, en virtud de no haber obtenido por lo menos el 3 por ciento de la votación válida emitida en las elecciones locales del Proceso Electoral Estatal Ordinario 2023- 2024.
Por último, se resolvió el expediente TEECRAP/76/2024 y confirmó la resolución CG/127/2024, aprobada por el Consejo General del IEEC impugnada por el representante del partido Campeche Libre en contra de la resolución CG/127/2024, emitida por el Consejo General del IEEC por la falta de fundamentación, motivación, vulneración a los principios de legalidad, exhaustividad, progresividad y que no le fue aplicado el principio por persona, también, y declarar la pérdida del registro de su partido político fuera del tiempo establecido.
Así se resolvió, porque la autoridad responsable sí resolvió con estricto apego a los ordenamientos legales, fundando y motivando fehacientemente su actuación y cumpliendo con la debida motivación, fundamentación y conforme al principio de legalidad al que todas las autoridades estamos obligadas y respetando los derechos político-electorales de quienes participaron en el proceso electoral.
Tampoco se le vulneraron los principios de exhaustividad, progresividad y que no le fue aplicado el principio por persona, pues es claro que la autoridad responsable al emitir la resolución determinó con claridad que entre las causas de pérdida del registro de un partido político estatal es no obtener por lo menos el 3 por ciento de la votación válida emitida en alguna de las elecciones de gubernatura, diputaciones y ayuntamientos.
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