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Gobierno de Yucatán pospone remplacamiento hasta junio de 2025.

Las placas y tarjetas de circulación actuales estarán vigentes hasta mayo de este año.

El Gobierno de Yucatán publicó en el Diario Oficial el decreto 44/2024 del Gobernador Joaquín Díaz Mena, mediante el cual se amplía la vigencia de las placas y tarjetas de circulación de vehículos registrados en la entidad hasta el 31 de mayo de 2025.

Según un comunicado emitido por el ejecutivo estatal, la medida busca apoyar a la ciudadanía en su economía familiar, especialmente en un contexto marcado por las dificultades financieras de inicio de año, como la denominada “cuesta de enero”.

El decreto emitido por la tarde del 31 de diciembre en la edición vespertina del Diario Oficial del Gobierno del Estado de Yucatán destacó que “hoy el gobierno es el que debe ajustar sus presupuestos para proveer de certeza y seguridad a las y los ciudadanos mediante presupuestos austeros, objetivos y proporcionales a las necesidades más importantes de la sociedad y que no se hagan gastos innecesarios”.

Las placas vencen cada 3 años

La administración estatal recuerda que las placas actuales ya vencieron, lo que ha hecho urgente la actualización para evitar rezagos que podrían impactar la seguridad y eficiencia en la vigilancia estatal. Si embargo, ha señalado que con la ampliación del término “se reafirma el compromiso del gobierno de Joaquín Díaz Mena de priorizar el bienestar de la población, en un equilibrio de austeridad, orden y progreso en la entidad”.

Asimismo, los dispositivos electrónicos instalados como parte de la videovigilancia en la entidad y a nivel nacional, son compatibles con las placas vehiculares y, por ende, se debe contar con aquellas que puedan ser identificadas con la infraestructura dispuesta para su lectura digital.

El último remplacamiento en la entidad se llevó a cabo en el 2020, de acuerdo con la Ley de Tránsito y Vialidad del Estado de Yucatán, la actualización del padrón vehicular, mediante el cambio de la tarjeta de circulación, de las placas de circulación y de la calcomanía correspondiente debe realizarse cada 3 años.

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