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TEEY declara la nulidad de la elección de comisario en Cuch Holoch

El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Yucatán resolvió el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano identificado con el número de expediente JDC-094/2024, promovido por el ciudadano Nielzer Jesús Dzul Yah, en contra de la elección de comisario realizada en la comunidad de Cuch Holoch, municipio de Halachó.

En el proyecto de sentencia, el Pleno consinderó fundado uno de los agravios planteados por el promovente, relativo a las irregularidades en la forma en que se llevó a cabo el proceso electivo, particularmente la falta de secrecía del voto, lo cual vulneró principios constitucionales y legales que rigen los procesos democráticos.

Aunque se argumentó que la elección se celebraría bajo el sistema de usos y costumbres, el Tribunal consideró que este principio no puede ser utilizado para justificar prácticas que limiten o vulneren los derechos político-electorales de la ciudadanía.

En este caso, se acreditó que el procedimiento adoptado —la formación de filas en favor de los candidatos— no estaba previsto en la convocatoria ni garantizaba el sufragio libre, secreto y directo, como lo establece el artículo 70 de la Ley de Gobierno de los Municipios del Estado de Yucatán.

Asimismo, se evidenció que, pese a que dos candidatos renunciaron y el promovente manifestó su inconformidad, la elección continuó sin que se garantizara el cumplimiento del procedimiento señalado en la propia convocatoria para casos de candidatura única, lo cual afectó la certeza y legalidad del proceso.

En virtud de lo anterior, el Tribunal resolvió declarar la nulidad de la elección de comisario en la comunidad de Cuch Holoch, revocar la constancia entregada al ciudadano Sergio Canul Uicab y ordenar al Cabildo del H. Ayuntamiento de Halachó llevar a cabo, de manera inmediata, las acciones necesarias para organizar una elección extraordinaria conforme a la ley.

Con esta resolución, el TEEY reitera su compromiso con la legalidad, la certeza y la protección efectiva de los derechos político-electorales de la ciudadanía en todos los municipios del estado.

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