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Comisiones del Senado aprueban reforma en materia de igualdad sustantiva

La iniciativa busca una vida libre de violencia y eliminar la brecha salarial en razón de genero.

Comisiones del Senado aprobaron esta noche por unanimidad la reforma constitucional enviada por la presidenta Claudia Sheinbaum en materia de igualdad sustantiva, derecho de las mujeres a una vida libre de violencias y erradicación de la brecha salarial por razón de género.

Martha Lucia Micher, presidenta de la Comisión para la Igualdad de Género, explicó que la iniciativa tiene como eje fundamental llevar a la Constitución los principios referidos.

Se trata de una reforma de gran calado que responde a las aspiraciones de la población femenina, subrayó al presentar el documento ante los integrantes de la comisión que preside y las de Puntos Constitucionales y Estudios Legislativos.

El documento plantea modificar los artículos 4, 41, 73, 116 y 123 de la Carta Magna, y fue turnada a la mesa directiva del Senado para que le de turno en el pleno senatorial y se ponga a votación.

Propone que el Estado garantice el goce y ejercicio de los derechos a la igualdad sustantiva de las mujeres y a una vida libre de violencia. Para esto último, tiene deberes reforzados de protección con las féminas, adolescentes, niñas y niños.

De igual manera, se deberá prever que las instituciones de procuración de justicia cuenten con fiscalías de investigación de delitos por razones de género.

También se establece que los nombramientos de las personas titulares de la administración pública del poder ejecutivo federal y sus equivalentes en las entidades federativas y municipios, tendrán que observar el principio de paridad.

Asimismo, refiere que en la ley se establecerán los mecanismos tendientes a reducir y erradicar la brecha salarial de género.

A trabajo igual corresponderá salario igual, sin tener en cuenta el género, plantea la iniciativa.

En un artículo transitorio, se señala que las entidades deberán armonizar el marco jurídico correspondiente al contenido de la reforma en un plazo que no exceda los 180 días a partir de la entrada en vigor de la misma. Se deberán incluir disposiciones que permitan dar cumplimiento gradual conforme a lo que se apruebe en los presupuestos de egresos correspondientes, así como las atribuciones y obligaciones necesarias para garantizar los derechos derivados del documento.

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