De manera sorpresiva, el presidente del Tribunal Electoral del Estado de Yucatán (TEEY), Fernando Bolio Vales, “nombró” o “habilitó” a empleados de esa institución como magistrados para sesionar el pasado viernes y desechar la impugnación contra los resultados de las elecciones extraordinarias de Chichimilá.
El pasado domingo 8 se dijo que el TEEY quedó “inoperante” y no podía sesionar, pues solo tenía una de sus tres magistraturas (la de Bolio Vales) al concluir ese día el período de Lissette Cetz Canché, luego de 10 años en el cargo.
Además, desde tres años antes se venció el período de Armando Valdez Morales como magistrado, por eso el TEEY solo funcionaba con dos magistraturas.
Tampoco tenía secretaria general de acuerdos porque Dina Noemí Loría Carrillo renunció.
Para hacer pleno y tener quórum habilitaban a la secretaria general como “magistrada por ministerio de ley”, pero al terminar su vigencia Lissette Cetz ya no era posible.
El presidente del TEEY y sus compañeros que “habilitó” como magistrados para hacer pleno emitieron una sentencia que indica lo siguiente:
“Se declaran infundados e inoperantes los agravios del partido actor (Morena); en consecuencia, se confirman los resultados consignados en el acta de cómputo municipal, la declaración de validez y la entrega de las constancias de mayoría de la elección de regidores por el principio de mayoría relativa del municipio de Chichimilá, Yucatán, a favor de la planilla postulada por el Partido Revolucionario Institucional”.
En lo que parece una violación a sus leyes, Bolio Vales “nombró” o “habilitó” como magistrados a Elizabeth Rodríguez Jacome, directora de Estudios, Investigación, Capacitación y Desarrollo Institucional, así como a Néstor Santín Velázquez, director de proyectistas.
La primera fungió como “magistrada por ministerio de ley” y el segundo como “magistrado en funciones”, al menos así firmaron la sentencia que emitieron el viernes pasado.
De acuerdo con el artículo 355, solo el pleno del Tribunal puede designar o remover, a propuesta del presidente del TEEY, al titular de la Secretaría General de Acuerdos, y ahora también aparece como la nueva titular de ese cargo Zuemy Cervantes Manzanilla.
Ex funcionarios del mismo TEEY precisaron que el Reglamento Interno del TEEY y la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales no señalan que los directores de esta institución pueden asumir el cargo de magistrados en funciones o por ministerio de ley, por lo que se pudo incurrir en una usurpación.
Además, añadieron el artículo 363 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales indica que sin el pleno no se puede realizar nombramientos, promociones o ratificaciones.
Al menos hasta ayer se desconocen los fundamentos legales o siquiera si existen para que Bolio Vales hiciera esas asignaciones y nombramientos.
Sobre la inconformidad de Morena, de acuerdo con el expediente de la sentencia, “no se observa una narración exacta de los hechos, no aporta medios probatorios suficientes para sostener su dicho y no expone circunstancias de modo, tiempo y lugar que permitan a este Tribunal ponderar la causal de nulidad que se pretende hacer valer, omitiendo además precisar en qué manera la irregularidad referida es suficiente para anular la votación de las casillas en cuestión”.
Se señala que los argumentos consisten en que la parte actora (Morena) se queja de que la autoridad no salvaguardó ni monitoreó las boletas electorales durante el traslado de los paquetes electorales el domingo 24 de noviembre de las casillas a la sede del consejo municipal de Chichimilá, lo que se declaró infundado e inoperante para confirmar los resultados a favor del PRI.
Su comentario