Fecha Actual 31 julio, 2026
Yucatán

“VEDA ELECTORAL”, PERIODO PARA QUE CIUDADANÍA CONFRONTE OFERTA POLÍTICA: INE YUCATÁN.

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Ø  Llaman a que voto ciudadano sea libre y razonado el 2 de junio.

Ø  Partidos, gobiernos, medios de comunicación y ciudadanía, imposibilitados para distribuir propaganda o difundir encuestas y sondeos.

El presidente del Consejo Local del Instituto Nacional Electoral (INE) en Yucatán, Luis Guillermo De San Denis Alvarado Díaz invitó a la ciudadanía a que durante el periodo conocido como “veda electoral”, reflexionar “la información recibida durante las campañas electorales, mediante la valoración y confrontación de la oferta política que les permita emitir un voto libre y razonado el próximo 2 de junio.

En el marco de una sesión ordinaria del Consejo Local del INE en el estado, dijo que  durante la “reflexión electoral”, el instituto “exhorta a todas las partes involucradas en el Proceso Electoral: partidos políticos, candidaturas, gobiernos, empresas e instituciones que realizan sondeos de opinión, medios de comunicación, entre otras, a respetar cabalmente este periodo”.

Recordó que durante los tres días previos a la elección y hasta la hora de cierre de las casillas de la Jornada Electoral, “queda estrictamente prohibido publicar, difundir o dar a conocer, por cualquier medio de comunicación, los resultados de las encuestas o sondeos de opinión sobre preferencias electorales o cualquier tipo de propaganda gubernamental”.

Al concluir las campañas de los Procesos Electorales Federal y Concurrentes 2023-2024, inició un periodo de reflexión o veda electoral – del primer minuto del próximo jueves 30 de mayo y hasta el domingo 2 de junio, al término de la votación-, para que la ciudadanía razone su voto, valore las propuestas de las candidaturas y ejerza su derecho al sufragio de manera libre y secreta.

Alvarado Díaz recordó que conforme a la Ley General en Materia de Delitos Electorales, se impondrán de cien a doscientos días multa y prisión de dos a seis años, al funcionario partidista o al candidato que ejerza presión o induzca a los electores a votar o abstenerse de votar por un candidato, partido político o coalición, el día de la elección o en alguno de los tres días anteriores a la misma, lo mismo a quien realice o distribuya propaganda durante la jornada electoral.

La misma Ley, establece una sanción de cincuenta a cien días de multa y prisión de seis meses a tres años a quien durante los tres días previos a la elección y hasta la hora del cierre oficial de las casillas publique o difunda por cualquier medio los resultados de encuestas o sondeos de opinión que tengan por objeto dar a conocer las preferencias electorales de la ciudadanía.

El también vocal ejecutivo de la Junta Local del INE citó que conforme a la Ley mencionada, durante la veda están prohibidos: actos de campaña y proselitismo electoral; todo tipo de propaganda electoral; así como la difusión y publicación de resultados de encuestas o sondeos de opinión sobre preferencias electorales, los cuales podrán difundirse hasta que se hayan cerrado las casillas.

En el mismo sentido, en este tiempo se continúa con la prohibición de difundir propaganda gubernamental (excepto campañas de servicios educativos, de salud, o protección civil), la cual comenzó desde la fecha de inicio de las campañas electorales. En este periodo, la libertad de expresión y la libertad de prensa están garantizadas.

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