Fecha Actual 5 septiembre, 2026
Yucatán

IMSS veta a empresa yucateca por falsificar documentos: interpone multa de más de 643 mil pesos

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Una empresa yucateca fue inhabilitada para participar en contrataciones del gobierno, luego de que usó información falsa para intentar obtener una licitación.

Hoy la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno informó que el Órgano Interno de Control del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) sancionó a la empresa Lavandería y Tintorería de la Península, S.A. de C.V., con sede en Mérida.

La dependencia federal le impuso una multa de 643 mil 188 pesos y la inhabilitó por un año para participar en contrataciones de la Administración Pública.

Según un comunicado, la sanción deriva de que la empresa proporcionó información falsa durante su participación en la Licitación Pública Nacional Electrónica número LA-50-GYR-050GYR019-N-350-2023.

Empresa de Yucatán le mintió al IMSS

El proceso estaba relacionado con la contratación del servicio integral de manejo de ropa hospitalaria para el ejercicio fiscal 2024. Incluía recolección, transporte, lavado, planchado, empaquetado y entrega en unidades médicas del IMSS.

La irregularidad consistió en la presentación de una constancia de no inconveniencia ambiental que no era verídica. El documento es requerido dentro del procedimiento como parte de los criterios técnicos y normativos.

La notificación de la sanción se realizó el pasado 6 de marzo de 2026 y hoy se publicó en el Diario Oficial de la Federación.

Como consecuencia, la empresa fue inscrita en el Directorio de Proveedores y Contratistas Sancionados. Esto le impide participar, de manera directa o a través de intermediarios, en nuevas contrataciones públicas.

Además, la circular publicada hoy instruye a las dependencias de los tres niveles de gobierno, a abstenerse de aceptar propuestas o contratar a dicha empresa.

Multa a empresa yucateca

La resolución precisa que la inhabilitación surtirá efecto a partir del día siguiente de su publicación, es decir mañana, y se mantendrá por un año.

En caso de que la empresa no cubra la multa impuesta al término de ese plazo, la sanción se extenderá hasta que se realice el pago correspondiente.

No obstante, se aclaró que los contratos previamente adjudicados y que se encuentren en ejecución no se verán afectados por esta medida, conforme a lo establecido en la legislación aplicable.

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